La defensa de un acusado pidió modificar la carátula del hecho
La defensa pública del único imputado por la muerte de Marisa Coliman argumentó por supuesta falta de pruebas sobre el agravante de ensañamiento en el asesinato de Marisa Coliman, ocurrido el 25 de julio de 2023.
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Según supo la Agencia Noticias Argentinas, el acusado Nicolás Medina fue declarado culpable en septiembre pasado por el homicidio y por las lesiones leves en perjuicio del hijo de la víctima que fue asesinada de 30 puñaladas en el “Conventillo de García”, donde residía junto a su descendiente.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailEn la audiencia anterior, el jurado descartó el agravante de femicidio y el intento de abuso sexual con acceso carnal, conforme al comunicado que el Ministerio Público Fiscal (MPF) de Río Negro le envió a la agencia Noticias Argentinas.
En esta oportunidad, el defensor penal público argumentó que “durante el debate la acusación no probó los elementos esenciales del tipo del ensañamiento, y los alegatos tanto de la fiscalía como de la querella llevaron a que el jurado popular asocia un determinado número de heridas con la figura penal de ensañamiento”.
Al tiempo, el representante de la defensa observó que “la fiscalía no presentó prueba suficiente para sostener el ensañamiento” y consideró que “el hecho probado es distinto al hecho que se le imputó”.
Con una condena a cadena perpetua, los defensores del acusado se ampararon en un “eslabón roto entre el alegato de la fiscalía ya que iguala cantidad de heridas con intención de causarle dolor y un dolo específico”, aunque apuntaron a que el “ensañamiento requiere cuestiones específicas que debe probar la fiscalía, pero el médico del Cuerpo de Investigación Forense no fue consultado acerca del dolor que podría haber sentido la víctima”.
En tanto, solicitaron el recurso de impugnación y que la condena se modifique a “homicidio simple”, así como pidieron que el legajo sea nuevamente enviado al juez, no obstante, la fiscalía explicó que “efectivamente el jurado fue instruido respecto del ensañamiento”.
Asimismo, la representante del Ministerio Público cuestionó los motivos por los que el jurado podría malinterpretar las pruebas y añadió: “El jurado es soberano y ellos fueron quienes interpretaron que había culpabilidad en el imputado respecto del ensañamiento. No dieron un veredicto contrario a la prueba que se vertió durante el juicio”.
La fiscalía solicitó que se confirme la sentencia condenatoria ya que la prueba producida en juicio permitió al jurado emitir el veredicto final y la querella, que representa a los hijos de la víctima fatal, adhirió en un todo a lo explicitado por el Ministerio Público Fiscal.
El Tribunal de Impugnación indicó que su resolución se dará a conocer en los plazos que prevé la ley. NA
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