El Gobierno aumentará las retenciones al petróleo convencional por la suba del precio internacional
La Secretaría de Energía elevará la alícuota de los derechos de exportación del 3,36% al 8% para el crudo extraído en yacimientos maduros, tras la escalada del barril Brent.
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La Secretaría de Energía incrementará del 3,36% al 8% las retenciones a la exportación que se aplican al petróleo extraído en yacimientos convencionales de Chubut, Santa Cruz, Mendoza y Neuquén. La medida responde a la suba del precio internacional del barril, que el pasado viernes volvió a superar los 100 dólares en medio del conflicto bélico en Oriente Medio.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa decisión oficial apunta a gestionar el impacto del alza del crudo Brent en los precios internos de los combustibles, al incentivar a los productores locales a vender el crudo pesado del país a un importe más bajo a las refinerías. En tanto, para el petróleo que se explota en Vaca Muerta no se registrarán cambios y la alícuota se mantendrá en un 8% del precio de exportación.
A fines de enero, el Gobierno nacional oficializó la baja de los derechos de exportación para el petróleo crudo proveniente de los campos convencionales. Lo hizo a través de un esquema variable de alícuotas con la intención de viabilizar la inversión en yacimientos maduros de la cuenca del Golfo San Jorge, Mendoza y Neuquén. El objetivo consistió en hacer más rentables estos espacios, que presentaron costos de extracción más elevados.
Con ese esquema previo, a fines de febrero se estableció una retención de 3,36% para el petróleo convencional, tomando en cuenta un precio promedio del crudo de 71,30 dólares. Sin embargo, debido a la disparada que experimentó la cotización del barril, esa retención volverá a subir al 8%.
El ajuste resulta automático y se basa en el artículo 7 del Decreto 488/2020, donde se aclara que el último día hábil de cada semana la Secretaría de Energía “evaluará las cotizaciones promedio de los días transcurridos del mes en curso y las comparará con la cotización promedio vigente. Si entre ambas existiera una diferencia superior al 15%, fijará una nueva cotización, la que será aplicable a partir del primer día hábil siguiente”.
La suba de las retenciones al crudo convencional alcanza a todos los productos incluidos en los decretos 488/2020 y 59/2026, que contemplan tanto al petróleo crudo como a derivados, tales como solventes, naftas vírgenes y combustibles pesados. La fórmula que rige establece que si el precio del barril Brent se encuentra por debajo de los 65 dólares la retención será de 0%, y si supera los 80 dólares ascenderá al 8%. Para valores intermedios, se utiliza una fórmula polinómica de ajuste que arroja una retención de 3,36% tomando como referencia una cotización de 71,30 dólares, surgida del promedio de los últimos cinco días de febrero.
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