Tras conocerse los fundamentos del Juicio La Huerta, las querellas presentan recursos por las absoluciones
El Eco de Tandil dialogó con Guillermo Torremare, abogado de la APDH.
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Tras conocerse los fundamentos del juicio La Huerta, donde se comprobaron y juzgaron crímenes de lesa humanidad cometidos en la ciudad y la región, las querellas presentarán recursos para apelar en los casos por los que se dictaron absoluciones. Así ya lo hizo la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) con respecto a los hechos perpretrados contra seis obreros de la empresa Loma Negra, y lo harán tanto la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia como la Fiscalía. La fecha límite para hacerlo es el próximo martes 24 de febrero.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl Eco de Tandil dialogó con Guillermo Torremare, abogado de la APDH, quien brindó precisiones sobre el recurso elevado. En el juicio La Huerta, la organización fue querellante en los casos del abogado desaparecido Carlos Alberto Moreno, por el que hubo condenas a prisión perpetua, y en el del militante comunista Jorge Cura, en el cual se comprobó la materialidad de los hechos -fue secuestrado y sometido a tormentos-, aunque los que hubieran sido condenados fallecieron durante el desarrollo del proceso judicial.
Pero además, la APDH fue querellante en lo que se conoció como tramo Loma Negra, en el que se juzgó la detención y torturas cometidas contra seis obreros de la cementera de Olavarría, quienes habían llevado a cabo un cese de tareas de una hora en protesta porque una máquina dañaba las manos de los operarios.
Por tales hechos, Julio César Tula, Roberto Jorge Casares y Edgardo Mariano Viviani fueron absueltos, ya que el Tribunal consideró que se trataron de delitos comunes porque las víctimas fueron detenidas en dependencias oficiales y tuvieron derecho a defensa. Cabe señalar, el que representó a los obreros fue el abogado laboralista Mario Giubitosi, quien posteriormente fue secuestrado, torturado y sometido a simulacros de fusilamiento.
“La sentencia no interpretó acabadamente los hechos que fueron juzgados. Y por lo tanto, en los casos puntuales de la APDH hemos recurrido a Casación. Lo mismo están haciendo la Fiscalía y la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia, de modo que tenemos una mirada parecida”, explicó Torremare.
El recurso de la APDH
El recurso presentado a Casación por la APDH se basa en dos puntos centrales. El primero, en la solicitud para la consideración delitos de lesa humanidad los hechos cometidos contra los seis obreros de Loma Negra. El segundo, en que trate la calificación de genocidio a los crímenes juzgados.
“La del genocidio es una figura distinta a la de lesa humanidad. Consiste básicamente en querer eliminar a un grupo social, en este caso decimos que compuesto por la militancia política, social, sindical, entre otros”, explicó Torremare.
“Un genocidio persigue la destrucción de un determinado grupo humano con un propósito: acabar con el tramado de las relaciones económicas y sociales de un Estado para producir una modificación lo suficientemente sustancial que altere la vida del conjunto. Efectivamente así ocurrió en Argentina”, marca en el mismo sentido el recurso presentado por la APDH.
En cuanto al caso de los trabajadores de Loma Negra, fueron Walter Ignacio Peralta, Eustorgio Rodolfo Arenzo, Manuel Antunez, José Ricciardi, Andrés Staldeker y Antonio Álvarez quienes resultaron detenidos y sometidos a tormentos en julio de 1976, tras llevar a cabo una retención de tareas durante una hora, en protesta por una máquina que dañaba a los operarios.
“Ante la medida de fuerza Loma Negra S.A. denunció, acusando sabotaje, a los trabajadores en la Delegación Regional Olavarría del Ministerio de Trabajo –a cargo del Capitán del Ejército José Luis Álvarez”, señala el recurso de ala APDH. “Los trabajadores fueron considerados subversivos, ordenándose su detención por la autoridad militar, orden efectivizada por la policía provincial.
Está acreditado que fueron Ernesto Caldera, Jefe de Personal de la empresa, y Bernardo Miresky, integrante de su directorio, quienes formularon la denuncia”, suma el texto.
Tras quedar detenidos, los obreros fueron trasladados a la Unidad Penal N° 7 de Azul, “donde quedaron cautivos en el pabellón de 'extremistas' y fueron sometidos a condiciones inhumanas de detención, condiciones que deben tipificarse como tortura”, relata también el recurso de acuerdo a declaraciones de testigos en las audiencias del juicio La Huerta. “Los pusieron en celdas individuales y todos los días a las 5 de la mañana los hacían desnudar, los revisaban y los hacían bañarse con agua helada”, refiere el texto.
Sin embargo, los acusados fueron absueltos. En los fundamentos, los jueces del Tribunal consideraron que no se trató de crímenes de lesa humanidad por haberse dado las detenciones en “dependencias policiales y penitenciarias, como las que integran este acápite”, así como también que “existieron hechos punibles”, y que las víctimas contaron con la posibilidad de asignar a sus abogados defensores.
Entre los argumentos presentados en el recurso de la APDH se encuentra aquel que marca que el Tribunal no consideró que las detenciones y procesos judiciales no se dieron en el marco del estado de derecho sino en el de la dictadura que inició en marzo de 1976.
"Un procedimiento abiertamente ilegal y represivo, que comienza con una falsa denuncia empresaria y sigue con detenciones sin orden judicial y torturas a manos militares y policiales, como el sufrido por los seis obreros de Loma Negra, solo es posible en el marco del Terrorismo de Estado", señaló el abogado de la organización.
Además, las víctimas resultaron entonces enjuiciadas por la ley conocida como de “Represión de actividades Subversivas”, se los derivó a la Justicia Federal y no a la justicia ordinaria, e incluso durante la detención se las alojó en el piso al que se lo denominaba como “de los extremistas”. Quienes intervinieron en las detenciones fueron funcionarios del gobierno dictatorial, e incluso condenados posteriormente a prisión perpetua por otros casos de lesa humanidad, como el teniente coronel Ignacio Verdura y el comisario Alberto Argentino Balquinta.
“En este aspecto, es claramente una sentencia errónea y aspiramos a que sea revocada en la Cámara Federal de Casación Penal”, consideró Torremare.
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