Restablecieron el cálculo de intereses para las indemnizaciones en juicios laborales
El titular del Juzgado del Trabajo N°63, Raúl Horacio Ojeda, dispuso la vigencia del artículo 55 de la nueva ley, que establece la actualización de créditos por inflación más un tres por ciento anual.
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El juez Raúl Horacio Ojeda, titular del Juzgado del Trabajo N°63, quien inicialmente había suspendido la vigencia de 82 artículos de la ley de reforma laboral tras un pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), resolvió restablecer la obligación de aplicar un tres por ciento más el índice de inflación para ajustar las deudas derivadas de los juicios laborales.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEsta decisión representa un giro significativo en la actualización de los créditos laborales, ya que afecta directamente al artículo 55 de la normativa. Dicho apartado regula cómo deben actualizarse los montos en los juicios que se encuentran en trámite y pendientes de una sentencia definitiva. Junto con el artículo 54, este punto conforma el nuevo esquema legal de intereses, disponiendo que las deudas se ajusten por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa del tres por ciento anual.
Un nuevo análisis de la cuestión me lleva a revocar por contrario imperio la medida adoptada en forma cautelar y reiterar que el análisis de fondo se difiere para el momento de la sentencia definitiva
Así lo señaló el magistrado al fundamentar el restablecimiento de la vigencia del artículo aprobado por el Congreso el 30 de marzo. El argumento central de la resolución sostiene que este índice resulta más conveniente para los trabajadores que los sistemas que rigen actualmente en diversas jurisdicciones del país.
Según explicó Ojeda, un estudio de campo realizado por la Red Académica de Jueces y Juezas del Trabajo de la República Argentina concluyó que la suspensión de este artículo perjudicaba a los empleados. Esto ocurre especialmente en provincias donde la doctrina legal establece sistemas de actualización con un impacto menor al de la nueva ley, como es el caso de la provincia de Buenos Aires, Chubut, Chaco, San Luis, Córdoba, Jujuy, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Mendoza y Tucumán.
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